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PERSONA MORAL > RECLAMACIÓN > ¿QUÉ ES?

¿Qué es?

Es el derecho que se tiene para realizar una reclamación por algún dato contenido en el Reporte de Crédito en donde interviene Círculo de Crédito.

  Proceso de Reclamación:


En la Solicitud de Reclamación se dará a conocer la inconformidad sobre algún dato contenido en el Reporte de Crédito Especial a más tardar a los 44 días naturales de recibir el reporte.


Presentar la Solicitud de Reclamación y Círculo de Crédito la hará llegar al (los) Otorgante(s) de Crédito involucrados (recordar que Círculo de Crédito no es dueño de la información, sólo la administra).


Círculo de Crédito funge como intermediario entre el Otorgante y su cliente, teniendo la responsabilidad de dar cumplimiento a los tiempos establecidos en la Ley.


Círculo de Crédito cuenta con 5 días hábiles para enviar a los Otorgantes de Crédito la parte de la reclamación, es decir, puede ser que se inconforme en dos cuentas por contener información errónea, en cuyo caso Círculo de Crédito tiene que enviar a los dos Otorgantes la reclamación correspondiente.


Los Otorgantes tienen 30 días naturales para enviarnos la respuesta a la reclamación. En ella nos indican si están o no de acuerdo con la reclamación.


Círculo de Crédito recibirá la respuesta del (los) Otorgante(s). Si la respuesta es a favor total o parcialmente de la persona moral, se modificará el registro y se genera y envía un nuevo Reporte de Crédito Especial con las actualizaciones.

En caso que la respuesta del Otorgante no sea a favor, se enviará la respuesta que proporcionó el Otorgante.

 

Para más información sobre los tiempos de respuesta leer la sección:

“Mis Derechos”



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